23/02/2019.-
CIS COMUNICA.- El martes 19, en una de las cabeceras de las Empresa
Jose María Ezeiza (EJME) y Expreso Esteban Echevearría (EEE), hubo
un reclamo por el pago de “La bolsita” en el punto conocido como
“El lavadero”, donde 3 compañeros decidieron hacer retención de
tareas por el pago de parte del salario y las condiciones laborales
en la empresa que hace un tiempo se cobró la vida del chofer Gabriel
Ybáñez.
Es
importante aclarar que no fue un reclamo sorpresivo. Que hace meses
se discute en audiencias en el ministerio de trabajo por la vía
individual donde algunos choferes están accionando. También se le
enviaron telegramas con el reclamo y la empresa ni siquiera quiso
recibirlos. Se le informó al cuerpo de delegados. A la UTA en su
momento. Nadie les dio bola.
Estos
fueron algunos de los hechos previos que motivaron la reacción de
los compañeros, agotados por el boludeo. La empresa se hizo presente
con un escribano que pretendía llevar a los compañeros a su
escribanía para identificar a los choferes, como si una empresa le
da un colectivo a cualquiera que pasa por la vereda. En realidad
buscaban amedrentar. La idea era elaborar un acta donde se dijera que
los compañeros estaban bloqueando la entrada y que tenían
secuestrada la unidad haciendo abandono de trabajo. Ninguno de estos
hechos ocurrieron. El quite de colaboración es un derecho cuando no
te abonan todo o parte del sueldo porque el trabajo NO SE PRESUME
GRATUITO. Por lo tanto. No podía haber abandono de tareas dado que
la medida se llevó a cabo en el lugar y puesto de trabajo.
Nos
reservamos la opinión con respecto a la actuación del cuerpo de
delegado durante y después de la medida.
Al
día siguiente la empresa modificó todas las condiciones de trabajo
incluso suspendió el servicio de los compañeros que reclamaron
legalmente el pago de “La bolsita” sin notificar los cambios tal
como establece la ley. La empresa prefiere mantener a choferes
sentados mirando la pared como tortura china mientras tiene 2 cuadras
de cola de pasajeros en las estaciones.
No
será la primera empresa demandada y que pierda un juicio por aplicar
métodos de tortura psicológica, tanto la empresa como sus dueños y
personal jerárquico involucrado en estas prácticas de brutalidad conocidas como Mobbing .
"El Mobbing es la situación en la que una persona ejerce una violencia psicológica extrema, de forma sistemática y recurrente y durante un tiempo prolongado sobre otra persona o personas en el lugar de trabajo con la finalidad de destruir las redes de comunicación de la víctima o víctimas. Destruir su reputación, perturbar el ejercicio de sus labores y lograr que finalmente esa persona o personas acaben abandonando el lugar de trabajo".
"El Mobbing es la situación en la que una persona ejerce una violencia psicológica extrema, de forma sistemática y recurrente y durante un tiempo prolongado sobre otra persona o personas en el lugar de trabajo con la finalidad de destruir las redes de comunicación de la víctima o víctimas. Destruir su reputación, perturbar el ejercicio de sus labores y lograr que finalmente esa persona o personas acaben abandonando el lugar de trabajo".
Sobre
el atraso en el pago de la bolsita que legalmente son “Comisiones
por venta”. Es un derecho estipulado en el articulo 109 de la ley
de contrato de trabajo 20.744, así como el derecho de solicitar un
detalle de los boletos vendidos en el articulo 111 de la misma ley.
El
argumento de la empresa es que “La bolsita” no es algo legal y no
están obligados a pagar, algo que tampoco es cierto. Si no es legal
no deberían hacerlo. Un pago ilegal es una coima a algún
funcionario sindical, policial o gubernamental pero de ninguna manera
el pago de un incentivo a una persona a cambio de su trabajo.
Segundo. La bolsita es un derecho adquirido y forman parte del
salario por el derecho de los usos y costumbres que establece la ley
de contrato de trabajo 20.744, en el Inciso E de su articulo 1°.
Por
lo tanto no es cierto que la empresa no está obligada a pagarlo en
tiempo y forma e incluirlo en el recibo.
Que
hay otras empresas que no pagan bolsita, es cierto, como hay comercio
que no pagan comisiones a sus vendedores pero no significa que las
empresas que si lo hacen dejen de hacerlo.
También
es cierto que la empresa amenaza con eliminar el pago de “La
bolsita”, algo legalmente imposible porque afecta el principio de
progresividad.
¿Y
qué es el principio de progresividad?.- En el derecho del trabajo,
no se puede volver para atrás. Las diferentes conquistas, una vez
obtenidas, no pueden ser “quitadas”. Por eso la Ley, el Convenio
Colectivo de Trabajo, o el acuerdo privado hecho entre el patrón y
el trabajador, debe siempre mejorar la situación que tenía antes el
trabajador.
O
sea que si, por ejemplo, si al trabajador le pagan un premio como “La
bolsita” y el patrón decide un día no pagarle, esto no sería
válido, ya que una rebaja salarial no tiene nada de “progreso”.
También quedaría involucrado el principio de irrenunciabilidad. O
sea: si el empleador decidiese no pagar “La bolsita” a los
choferes, y aunque los choferes aceptasen esta rebaja, estarían
renunciando a ese derecho. Esto la Ley lo prohíbe, al disponer que
los derechos de los trabajadores son irrenunciables.
¿Por
qué? Porque se parte de la base de que ese trabajador aceptó la
rebaja por su estado de necesidad, por incapacidad de negociación.
Entonces, la Ley de Contrato de Trabajo (en su art. 12) decide que
ese acto por el que se renuncia a un derecho es nulo, jurídicamente
ineficaz.
¿De
qué sirve que la Ley diga que es nulo, si la realidad es que ese
compañero, a fin de mes, no cobra “La bolsita” y si la reclama
lo castigan con sanciones donde ni siquiera lo notifican legalmente,
lo llevan a una oficina donde el viejo Criado los apreta con amenazas
y traslados.
La
Ley dice que ese acto de rebaja salarial (o cualquier otro, que
importe renunciar a algún derecho) es nulo, aunque el trabajador
haya aceptado la rebaja, aunque se haya cobrado el salario rebajado
sin hacer reserva alguna. De ahí en más, cada uno de nosotros debe
hacer valer esa nulidad.
¿Cómo?
Las salidas son dos: la individual y la colectiva.
Individualmente,
el trabajador puede intimar a su patrón a que le pague la comisión
del 3% por boleto vendido (esta intimación es retroactiva 24 meses:
incluye el pago de todos los meses en los que operó la ilegítima
rebaja salarial, siempre que no se encuentren prescriptos).
La
salida colectiva tiene que ver con canalizar ese reclamo a través
del sindicato, siendo el delegado gremial el puente hacia el mismo o
a través de un reclamo plurindividual cuando el sindicato o los
delegados se niegan a acompañar el reclamo.
En
esta empresa por más que reclames legalmente la empresa hace lo que
quiere.
¿Tiene
sentido meterte en kilombo cuando los delegados están vendidos, el
sindicato los apaña y los compañeros la agitan todo el tiempo y
cuando salta la bronca se van al mazo?. Por supuesto que tiene
sentido.
En
un principio las empresas son reticentes a respetar a sus
trabajadores, sobre todo cuando llevan mucho tiempo comportándose de
esa forma y creen que cuentan con la impunidad de que quien debe
ponerle límites, no lo va a hacer nunca.
Sin
embargo, cuando el trabajador a sus reclamos verbales y las medidas
de fuerza le agrega argumentos legales y recurre a la justicia del
trabajo, allí las cosas son diferentes. Allí la empresa no dice que
la “La bolsita” es ilegal o que no está obligada a pagarla. Ni
que reclamar sin el permiso del sindicato no es posible. Ahí el jefe
de personal no puede apurarte a que le hagas un descargo sobre una
sanción injusta y te da 5 días. Otra cosa que tampoco corresponde.
Cuando
la empresa quiere sancionar, así tenga razón, debe notificar por
correo al trabajador y a partir de recibida la notificación tiene 30
días para responder y rechazar incluso esa sanción. Algo que
tampoco sucede dado que las modificaciones de las condiciones de
trabajo no son mas que castigos encubiertos que afecta a la totalidad
del personal aunque el personal con mayor antigüedad está tan
acostumbrado a los chicotazos que termina naturalizándolos incluso
se enojan con los que se resisten a la falta de respeto como el perro
que te muerde cuando le querés sacar una garrapata.
En
otros casos algunos compañeros se sienten privilegiados porque no
los boludean tanto. En todo ámbito sea empresa, o cárcel siempre
hay una minoría privilegiada que no combate la injusticia sino a los
que luchan contra ella.