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jueves, 28 de julio de 2022

CÓRDOBA: LA PATOTA DE SOELSAC ATACO UNA MOVILIZACIÓN DE ATE-CTA-A.-

CIS COMUNICA.- 28/07/2021.- El grupo de choque, encabezado por uno de los hermanos del burócrata sindical Sergio Fittipaldi, Secretario General del Sindicato Obreros y Empleados de Empresas de Limpieza, Servicios y Afines de Córdoba (SOELSAC), irrumpió en una movilización de ATE-CTA-A con palos, armas de fuego, gritando y amenazando a las personas que se encontraban presentes en la puerta de la sede sindical y los emboscaron con golpes de puños, patadas y empujones hacia el piso y golpeándolas aún en ese estado de indefensión, profiriendo todo tipo de amenazas, hasta de muerte, contra los manifestantes de la CTA-A de Córdoba.

Los hechos ocurridos en la sede gremial de ATE-CTA-A y en la vía pública en la esquina Entre Ríos y Obispo Salguero y esquina Entre Ríos y Balcarce de la Ciudad de Córdoba Capital, se dio en el marco de la convocatoria a una jornada de protesta y movilización hacia la Gobernación de la Provincia de Córdoba, a los fines de reclamar y presentar un petitorio con firmas ante las autoridades del Poder Ejecutivo de la Provincia, en representación de las mujeres trabajadoras de PAICOR y quienes se desempeñan en carácter de Auxiliares Escolares en las escuelas que dependen de la Provincia de Córdoba, en atención a las precarias condiciones de trabajo en que se desempeñan sin reconocimiento alguno de sus derechos laborales y de la seguridad social.


Producto de dicha embestida varias personas se encuentran lesionadas, alguna/os con politraumatismos y una mujer que cuenta con 4 meses de embarazo tuvo contracciones producto de la golpiza, debiendo ser asistidas todas ellas por el servicio de emergencia contratado por ATE Córdoba. Asimismo, al Secretario de Formación de ATE Córdoba, Abogado César Theaux le fue hurtada su mochila con todos sus efectos personales (DNI, matrícula de abogado, documentación personal y profesional, teléfono celular, llaves, etc), así como también a Franco Ayersa, encargado de la prensa en nuestra entidad le fue hurtado su teléfono celular.

Tras los hechos delictivos perpetrados por estas personas algunas con identificación del SOELSAC y encabezadas por el hermano del burócrata sindical Sergio Fittipaldi, el líder de la CTA Autónoma de Córdoba y Secretario General de ATE formuló en sede judicial la denuncia por los delitos de amenazas, coacción, lesiones, hurto, violación de domicilio y daños a la propiedad contra SOELSAC, y los dirigentes que estuvieron presentes además de las personas que los secundaban que por estas horas se trabaja en su identificación, a tal fin se adjuntan fotos para quienes puedan ofrecer datos sobre los cobardes agresores lo hagan de manera privada a nuestras redes, correo electrónico sindicatojoven@cis.org.ar a nuestra línea CIS +54 1122901256, o cualquier medio de contacto que consideren, dando de nuestra parte absoluta garantía de confidencialidad y protección de la fuente.



























martes, 31 de mayo de 2022

REPOSITORES DE SOLVENS CORDOBA EXIGEN ACORTAR A 2 LOS 7 TRAMOS DE LA PARITARIA.-

CIS COMUNICA.- 31/05/2022.- El Sindicato Joven CIS de Córdoba, junto a los repositores de la Agencia Solvens encabezados por su delegado gremial Héctor Márquez, reunidos en la asamblea realizada en la sede de la CTA Autónoma de Córdoba, resolvieron solicitar que se acorte a dos tramos, las 7 cuotas previstas en la paritaria, cuya instrumentación solicitaron propusieron se aplique de la siguiente manera:

  • Que el 38% acumulable de $33.563,59, previsto para septiembre, se abone de inmediato.

  • Que el 21% restante de $18.990, previsto para Enero de 2023, se abone desde septiembre 2022

Los repositores plantean que el aumento en cuotas es insuficiente frente al costo de vida que afrontan en la provincia, como por ejemplo el transporte público que utilizan como medio para llegar a los puntos de venta y cuesta 3 veces más que en Buenos Aires, donde residen los paritarios de comercio.

En esa línea de perjuicios, el carácter NO REMUNERATIVO del acuerdo excluye de su cómputo, el proporcional del presentismo del 8.33%, por lo que un Maestranza C -categoría en la que irregularmente encuadran a los repos-, pierde $441 a partir de la primer cuota del acuerdo, llegando a $4.377 al completar el último tramo.

Asimismo representa una omisión de pago del $883,25 en concepto de Antigüedad por cada año de trabajo de la persona repositora.

Lo mismo ocurre con el Aguinaldo de $7.949 en el SAC de junio y de $15.484 para el SAC Diciembre de 2022. Sumado todos los conceptos el perjuicio mínimo ascenderá en enero de 2023 a $75.541.

El incremento que se abonará en siete tramos: 6% en abril, 6% en mayo, 6% en junio, 10% en agosto, 10% en septiembre, 11% en noviembre, y 10,5% en enero de 2023 completando 9 meses después el 59,5%, acordados en la última negociación colectiva del sector comercio que ya fue homologado y el pedido de los repositores que ya fue formalizado ante Solvens Servicios Especializadoscomunica la realización de medidas de fuerza en caso de no obtener respuesta favorables.




viernes, 22 de abril de 2022

LA CURTIEMBRE SADESA LOMAS DEBERÁ REINCORPORAR A UN DELEGADO DEL CIS.-

CIS COMUNICA.- 22/04/2022.- El Tribunal del Trabajo N°4 de Lomas de Zamora, hizo lugar a la medida cautelar y ordenó a la Curtiembre Sadesa, la reincorporación del trabajador Fabián Machuca delegado del #SindicatoJovenCIS, a su puesto de trabajo en sus condiciones habituales y con el pago de los salarios caídos desde la medida antisindical adoptada por la patronal, todo bajo apercibimiento de fijar multas por cada día de demora desde el cumplimiento del fallo.

De forma unánime, las juezas Maria Eugenia Larequi, Blanca Ester Rivolta, Teresa Viviana Lening consideraron que ante los hechos narrados, la documental acompañada, se encuentra acreditado prima facie la verosimilitud del derecho y el peligro en la demora (arts. 195 y 230 del CPCC).

Una vez notificada en los próximos días, SADESA S.A, deberá responder y presentarse a estar en derecho en el término de CINCO DIAS bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art.28 y 29 de la ley 11.653, lo que implica que si no lo hacen será declarado en rebeldía, y si lo hacen deberán acreditar las pruebas causales que invocaron para el despido.

Fabián Machuca, es un operario del Barrio Obrero de Villa Fiorito, hace más de un año decidió junto a un grupo de compañeros de sector, ingresar a la Central de Trabajadores de la Argentina (CTA) como afiliado directo y agruparse en el Sindicato Joven CIS para recibir el apoyo que no obtenían del sindicato que convencionalmente los agrupa para discutir mejores condiciones salariales y laborales.



La afiliación directa es una herramienta que forma parte del estatuto de la CTA que actualmente está constituida por organizaciones que adhieren indistintamente de su grado y por individuos que pueden afiliarse directamente en los términos del Art. 2° incisos a, b, c, d, e, f, sean trabajadores registrados o informales, que a diferencia de las organizaciones que deben ser aceptadas por la Comisión Ejecutiva Nacional, pueden afiliarse libremente a partir de los 14 años, “sin más límite que la aceptación y práctica de los objetivos señalados en la Declaración de Principios y en el capítulo de los Objetivos y Fines (Art.3°), y el respeto por los presentes estatutos”.

Además de las obligaciones, el afiliado directo tiene el derecho –y en la mayoría de los casos por los que se afilia a CTA- a “Recibir el asesoramiento sindical, técnico y asistencial por parte de la CTA en la forma en que lo dispongan sus órganos respectivos y Usufructuar todos los beneficios, garantías y servicios que disponga la CTA”.

Sin embargo, la ausencia de políticas que garanticen estos servicios y la necesidad y la decisión de los trabajadores y trabajadoras a contar con representación son el motivo de la existencia del Sindicato Joven CIS dentro de la CTA, además del abandono del ejercicio de la representación de los sindicatos tradicionales.

Cada afiliado directo agrupado en el Sindicato Joven CIS no hace otra cosa que cumplir con los deberes y obligaciones de Deberes de los afiliados, establecido en el Art 6°, Inc. A, estatuto de CTA, que los afiliados tienen la obligación de “Conocer, acatar y cumplir el presente estatuto, y velar por la consecución de los fines y objetivos que la CTA propugna; esos objetivos y fines expresados en el Art. 3° son los de “Representar y defender los intereses de todos aquellos comprendidos en su ámbito subjetivo de actuación, tendiendo a remover los obstáculos que de cualquier forma impidan o dificulten la realización plena de los mismos”.

En esta jornada el sindicato Joven como parte de la Central de Trabajadores de la Argentina ha contribuido a remover los obstáculos que impiden o dificultan la realización plena de los objetivos y fines de la CTA que son los de defender a sus afiliados y afiliadas, en este caso el del curtidor Fabián Machuca.

 


 

viernes, 15 de abril de 2022

GUARDERIAS EN LUGARES DE TRABAJO.- TODO LO QUE TENÉS QUE SABER.-

 

CIS COMUNICA.- 15/04/2022.- A partir del 23 de marzo de 2023, vence el plazo para que las empresas incorporen guarderías en sus establecimientos donde presten tareas CIEN (100) personas o más, incluyendo al personal fuera de convenio, tercerizados de limpieza, seguridad, reposición externa y cualquier otra modalidad de contratación en tanto presten servicios en el establecimiento principal. Estos espacios estarán destinados al cuidado para niños y niñas de entre CUARENTA Y CINCO (45) días y TRES (3) años de edad, que estén a cargo de los trabajadores y las trabajadoras durante la respectiva jornada de trabajo.

Es una obligación establecida en el artículo 1° del presente del Decreto 144/2022 que reglamenta el Art. 179 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744, será exigible transcurrido el plazo de UN (1) año de su entrada en vigencia el pasado 22 de marzo de 2022.

También podrá preverse en reemplazo el pago de una suma dineraria no remunerativa, en concepto de reintegro de gastos de guardería o trabajo de cuidado de personas. Como comprobante válido servirán la factura de una institución habilitada por la autoridad nacional o autoridad local, o estén originados en el trabajo de asistencia, acompañamiento y cuidado de personas registrado bajo el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares, previsto en la Ley N° 26.844.

El monto a reintegrar no podrá ser inferior a una suma equivalente al CUARENTA POR CIENTO (40 %) del salario mensual correspondiente a la categoría “Asistencia y Cuidados de Personas” que al mes de marzo de 2022 el reintegro representaría $ 15.189.

En los Contratos de Trabajo a Tiempo Parcial, el monto a reintegrar será proporcional al que le corresponda a un trabajador o una trabajadora a tiempo completo.

En el caso de los personas que laboran bajo el Régimen Legal del Contrato de Teletrabajo reglado por la Ley N° 27.555, se establece la posibilidad de sustituir dicha obligación en especie por el pago de una suma dineraria no remunerativa en concepto de reintegro de gastos.

A partir del 23 de marzo de 2023, la falta de cumplimiento se considerará una infracción laboral muy grave en los términos del artículo 4º del Anexo II de la Ley Nº 25.212 que ratifica el PACTO FEDERAL DEL TRABAJO que refiere a las decisiones del empleador que impliquen cualquier tipo de discriminación en el empleo o la ocupación por motivos de: raza, color, ascendencia nacional, religión, sexo, edad, opinión política, origen social, gremiales, residencia o responsabilidades familiares, además de los actos del empleador contrarios a la intimidad y dignidad de los trabajadores, con penalidades que van desde el 50% de un salario mínimo vital y móvil al 2000% por cada persona trabajadora afectada.

 

 

miércoles, 6 de abril de 2022

CABRALES: CAFÉ CON AROMA A MOOBING.-


CIS COMUNICA.- 06/04/2022.- La empresa líder en la industria del café, niega sistemáticamente el derecho de sindicalización al mismo tiempo que ejerce todo tipo de violencia laboral contra su personal en la provincia de Córdoba. Sin una estructura jerárquica a la altura del prestigio que la marca publicita, Café Cabrales proyecta otra imagen ante su personal a quienes destrata y discrimina sin edulcorante.

Sus prácticas laborales de Cabrales están claramente tipificadas dentro de lo que la Organización Internacional del Trabajo define como violencia y el acoso en el mundo del trabajo, para referirse a ese conjunto de comportamientos que se manifiesten una sola vez o de manera repetida, con el fin de causar, un daño físico, psicológico, sexual o económico, e incluye la violencia y el acoso por razón de género.

Es el caso del trabajador Mario Stifft, repositor de la firma para varios distritos de la provincia, con más de 10 años en la empresa. Los maltratos que sufrió durante la pandemia lo llevaron a acercarse al Sindicato Joven CIS en la CTA Autónoma de Córdoba, allí recibió la contención y la información sobre sus derechos por lo que resolvió afiliarse y comenzar una nueva relación con su empleador, basado en la exigencia de respeto a su trabajo que tal como quedó demostrado para los directivos de Café Cabrales no valía nada.


Tras comunicar su afiliación, a su listado de agravios por parte de su empleador se le sumó la discriminación sindical, comenzando por la violencia epistolar en la carta documento donde la empresa se arrogó el derecho a elegirle el sindicato, calificando de ilegal la decisión de afiliarse a la CTA-A de Córdoba para agruparse en el Sindicato Joven CIS, como si una patronal pudiera borrar de un plumazo el Art 14 Bis de nuestra constitución así como el resto de las normativas vigentes que resguardan la libertad que tiene Mario Stifft y cualquier trabajador en la república Argentina, de elegir el sindicato para afiliarse, no afiliarse o desafiliarse.

Fue tratado de “negro sindicalista” por el regional de la firma, en el mismo tono que maltrata al resto del personal al que rebautiza como “indio toba”, “gorreado”, etc.

Pese a todo, Mario siguió adelante con su derecho a permanecer afiliado, desoyendo el consejo de la empresa que le sugirió que se desafilie. Una práctica desleal de parte de la empresa tan habitual cuando protegen a los sindicatos patronales que convencionalmente los encuadran pero no los representan.

“Se te hace común que te traten mal, que te discriminen, sentirte basureado es parte de la tarea parece, te quieren hacer sentir que sos una mierda”, comenta el trabajador. La organización colectiva es la barrera donde se estrellan las injusticias y los abusos patronales, esa es la tarea para el Sindicato Joven CIS y la CTA Autónoma en este trago amargo que atraviesa Mario Stifft.



domingo, 3 de abril de 2022

LAS PARITARIAS DE LIMPIEZA EN CORDOBA, A LA MEDIDA DE LAS EMPRESAS Y FITTIPALDI.-

 

CIS COMUNICA.- 03/04/2022.- El acuerdo firmado entre el Sindicato de Obreros y Empleados de Empresas de Limpieza y Servicios y Afines de Córdoba (SOELSAC) que encabeza Sergio Fittipaldi y la Cámara Cordobesa de Servicios Generales (CASEGE), incorpora un monto NO REMUNERATIVO que mantendrá congelado el sueldo básico de los empleados de limpieza de Córdoba desde agosto 2021 hasta agosto de 2022 muy por debajo incluso del salario mínimo vital y móvil.

Un acuerdo que invoca el costo de vida, pero el salario ni siquiera iguala al Sueldo Mínimo Vital y Móvil desde septiembre de 2021, incluyendo el monto acordado en este último acuerdo que asciende a $14.650 para el personal de jornada completa, en septiembre cuando de estos 14.650 se incorpore la mitad ($7.325) al básico vigente en $ 29.576, el básico pasará a $36.901, cuando el Salario Mínimo Vital y Móvil, ya se encuentre en $45.540.

La parte empresaria nucleada de CASEGE, una vez más carga en la espalda y los salarios de los trabajadores de limpieza la decisión de no trasladar la inflación a los precios de sus contratos con la idea de no perder cliente, pero los operarios no son socios de las empresas –solo cuando hay pérdidas- aunque el sindicato que supuestamente los representa en esas mesas salga tan beneficiado como los patrones, sin ninguna contemplación con sus representados, avalan que el “aumento” que representa el 50% del básico como NO REMUNERATIVO, no compute para calcular horas extras, feriados, antigüedad, indemnizaciones o cualquier otro ítem a favor del operario, excepto para los descuentos de cargas sociales, castigos y sanciones e impuestos sindicales que impone SOELSAC a los trabajadores sean estos afiliados o no al sindicato que negocia la paritaria. “Retenciones y contribuciones patronales al sindicato SOELSAC”, a la mutual AMSOELSAC, “Fondo Especial de ayuda social y complemento de salud de los trabajadores convencionados”.

Sin embargo pese al acuerdo a la baja firmado entre SOELSAC y CASEGE, partir de la resolución 4/2022 del Ministerio de Trabajo de la Nación, que sepublicó en el Boletín Oficial, todas las empresas de limpieza de Córdoba que vienen abonando salarios inferiores incluso al mínimo actual, deberán ajustar los salarios básicos de su personal de jornada completa.

La Constitución de Argentina establece un salario mínimo vital ajustable y una remuneración justa para todos los trabajadores. De acuerdo con la Ley Nacional de Empleo Nº 24.013, el Salario Mínimo es el salario más bajo que se paga en efectivo y que todos los trabajadores mayores de 18 años de edad deben recibir, sin importar la categoría o actividades que se llevan a cabo. Debe asegurar la alimentación adecuada, condiciones de vida respetable, educación, vestimenta, asistencia sanitaria, transporte, recreación, vacaciones y demás disposiciones.






viernes, 25 de marzo de 2022

PRACTICAS ANTISINDICALES EN LA CADENA DE VALOR DE ADIDAS.-

CIS COMUNICA.- 25/03/2022.- Adidas a nivel global tiene una política laboral que lejos está de asemejarse a los estándares de calidad que publicita para sus productos, no posee ninguna fábrica bajo su dependencia fuera de Alemania de donde es originaria, con oficinas centrales en Estados Unidos, terceriza todo su proceso en las máquilas de Centroamérica y Asia. 
La principal materia prima, el cuero; se exporta de países como Argentina, Paraguay, Uruguay. 
En muchas de esas plantas sudamericanas los trabajadores que producen ese insumo tienen prohibida la afiliación a cualquier sindicato que no responda a sus intereses corporativos. 
Cuando a alguno se le ocurre la idea, pasa a ser un desempleado más. La famosa empresa niega sin disimulo uno de los derechos humanos proclamados por las Naciones Unidas y la Constitución Nacional Argentina: la libertad sindical.

En Argentina su principal proveedor de cuero es la curtiembre Sadesa, con dos plantas enormes, en Esperanza Santa Fe y la otra en el partido de Lomas de Lomas. Puertas adentros la patronal se ha dedicado durante décadas a convertirla en un paraiso antisindical como el Hipódromo de Palermo con la consecuente complicidad de gobiernos y sindicatos amarillos. La planta Lomas de Zamora no es la excepción, allí donde se produce el cuero con el que Adidas producirá sus calzados, lo realizan trabajadores que nunca han visto al dirigente sindical que los considera su patrimonio pisar la planta, el ex diputado nacional Walter Correa, que durante su mandato en el Congreso Nacional triplicó su patrimonio sin haber dejado mayor huella en su paso legislativo que la ley de Teletrabajo que suprimió garantías constitucionales y permitió el vaciamiento de la empresa Garbarino que dejó 4000 trabajadores en la calle. 

Los bajos salarios de los obreros de la planta Lomas De Zamora son muy inferiores a los de otras plantas de la misma sociedad por hacer exactamente la misma tarea.

Durante años y consecutivas gestiones de delegados y comisiones directivas que llevaron a la más absoluta pasividad al sindicato obreros curtidores (SOC) que convencionalmente agrupa al personal por la ley sindical argentina que solo permite un solo sindicato por actividad en la negociación colectiva, fue siendo caldo de cultivo para los continuos atropellos, por lo que gran parte de la curtiembre decidió afiliarse directamente a la Central de Trabajadores de la Argentina (CTA) y agruparse en el Sindicato Joven CIS, de esto hace más de un año. Aunque no les permitieron desafiliarse al SOC y su Mutual manteniéndolos como afiliados cautivos tampoco los dejaron votar ni postularse en las elecciones de delegados. Las del gremio se realizaron con lista única entre gallos y medianoche en diciembre donde Correa fue reelecto. 

Desde hace meses la patronal recrudeció todo tipo de maniobras persecutorias, siempre con la colaboración de la dirigencia sindical burócratica, y hace unos días 4 de los primeros afiliados fueron despedidos sin que existiera otra causa que la de exigir el pago por una tarea que la empresa introdujo en connivencia con el otro sindicato que sin compensarla con nada.

Acto seguido a los despidos antisindicales y discriminatorios iniciaron la clásica caza de brujas contra el resto de los afiliados para que desistan de la afiliación a CTA, siempre con la colaboración del SOC que les redacta y paga la comunicación de la desafiliación como otro gesto hacia la patronal explotadora aunque jamás ponen a disposición los abogados del gremio para que asista a un trabajador cuando lo necesita. La complicidad del SOC con Sadesa no termina allí, porque el SOC se dedicó a afiliar trabajadores de la planta Esperanza, en Santa Fe, encuadrados en el Sindicato  SOIC, con la finalidad de destruirlo, pese a que integran la misma Federación. 

Los que siguen afiliados al Sindicato Joven CIS en CTA, deben soportar todo el tiempo la presión de los jefes (Sánchez, Victorio, Escarpelo, Baña, Gerrero) todos encargados y capataces tan precarizados como los dentro del convenio del SOC, pese a ello hacen lobby en contra de la sindicalización aplicando la constante intimidación reforzando la tarea antiobrera de los representantes del sindicato oficial que en lugar de defenderlos están dedicados a recorrer la planta llevando el mensaje patronal de la amenaza de más despidos. Nada tienen para decir o hacer respecto al reclamo y las necesidades que sus supuestos ‘representados’ están planteando.

La salud es otro de los graves problemas que viven los curtidores. Pese a que cuando ingresan deben atravesar rigurosos examenes físicos que les realizan Sadesa por exigencia de Adidas, empresas que dicen estár a la vanguardia de las politicas laborales del siglo 21, pero una vez admitidos son inmersos en un sistema laboral que mantiene condiciones propias del siglo diecinueve, de cuyas consecuencias tampoco se hacen cargo, con un servicio médico sin ética y el sindicato oficial nuevamente poniendo a disposición sus consultarios para encubrir las enfermedades producto del trabajo como situaciones preexistentes.

Las prácticas laborales en las cadenas de valor de Adidas en la curtiembre Sadesa de Lomas de Zamora, es la continuación de la época colonial, aunque su tecnología vaya aboliendo el tiempo y destruya puestos de trabajo, pretenden que los operarios que quedan hagan el resto que no hacen las maquinas todo por el mismo salario, porque cuentan con la dirigencia del sindicato que trabajará para que la rueda siga y se exporte la materia prima a los últimos reductos esclavistas que perduran en el mundo civilizado, y en la curtiembre de Lomas de Zamora se intente abolir otro derecho básico, como el derecho a no trabajar gratis. 

martes, 22 de marzo de 2022

UN PASO MÁS EN FAVOR DE LA LIBERTAD SINDICAL EN EL HIPÓDROMO DE PALERMO.-

CIS COMUNICA.- 22/03/2022.- Tras la sentencia definitiva del juez de primera del Juzgado 77 que ordenó reincorporar a un trabajador Javier Álvarez, la apelación de la empresa recayó en la Sala X de la CNAT que solicitó la opinión del fiscal general Juan Manuel Domínguez, en el caso “ALVAREZ, JAVIER CRISTIAN C/ HIPODROMO ARGENTINO DE PALERMO S.A. Y OTRO S/JUICIO SUMARISIMO”. El Hipódromo de Palermo despidió a Álvarez junto a una docena de trabajadores luego que estos se afiliaran a la CTA y efectuaran reclamos laborales ante la abierta complicidad del sindicato APHARA con la patronal.


Con el fallo que la obliga a devolverle el trabajo a Álvarez, la empresa apeló pero no acreditó la causal del despido, que atribuyó a “cuestiones operativa de reestructuración”. En efecto, la empresa centró su crítica en que el trabajador no ejercía cargo gremial y que la CTA no tenía ámbito de actuación en el establecimiento.

En este contexto, no resulta atendible la interpretación limitativa que presenta el Hipódromo de Palermo, en tanto pretende ampararse –en desmedro de los derechos que le asistirían al trabajador– en la inaplicabilidad del régimen de estabilidad incorporado por la Ley de Asociaciones Sindicales, es decir que, por no ostentar cargo gremial la obstaculización de los derechos sindicales del trabajador para la empresa estarían permitidas y, en su caso, en la “falta de vinculación” entre la CTA y la actividad desarrollada en el establecimiento, debido a que en hipódromo el sindicato que convencionalmente agrupa al personal es Asociación del Personal de los Hipódromos, Agencias, Apuestas y Afines de la República Argentina (APHARA), que al tomar conocimiento de las afiliaciones a CTA, lejos de tomar nota de los problemas que denunciaban sus representados, en apoyo a las represalias del hipódromo, colaboró con la patronal contratando una patota para reprimirlos.

Para el fiscal general “las pruebas aportadas evidenciarían un palpable “indicio de discriminación” en tanto permitirían vincular el despido con la actividad gremial llevada cabo por el accionante, quien –lejos de haber buscado, solamente, un “nuevo sindicato para afiliarse”– habría intentado canalizar los intereses colectivos del sector mediante la construcción de un nuevo espacio de representatividad… afiliándose a la CTA para agruparse en el Sindicato Joven CIS, así lo corroborarían las manifestaciones, coherentes y homogéneas, de los testigos Domínguez, Ruiz, Posse, Sánchez y Santa Cruz, las cuales no sólo confirmarían tales indicios, sino –también– el activismo desplegado por la Central de Trabajadores Argentina en el ámbito de la demandada (cuestión férreamente negada por el Hipódromo en su estrategia defensiva). Y agrega “Sellando este cuadro indiciario, remarco la notoria y acreditada concomitancia entre el distracto y la realización de las diversas reuniones a las que aluden los testigos (con participación del Sr. Álvarez) en un clima atravesado por reclamos salariales y el despliegue de nuevos actores en la dinámica diaria de la vida gremial del Hipódromo Argentino de Palermo.”                

En conclusión, en las circunstancias expuestas, y aplicando los estándares probatorios fijados por la Corte Suprema, se podría juzgar corroborado que el despido del actor constituyó un acto discriminatorio en los términos de la ley 23592.                 

“Me permito añadir, por último, -escribe el fiscal- que no hay incompatibilidad alguna entre la reinstalación del trabajador víctima de un distracto discriminatorio y el derecho a contratar y ejercer toda industria lícita del artículo 14 de la Constitución Nacional; y que la reinstalación guarda singular coherencia con los principios que rigen a las instancias jurisdiccionales internacionales en materia de derechos humanos, tendientes a la plena reparación de los daños irrogados por un despido.” Concluye el dictamen que recomienda dejar firme el fallo en esta segunda instancia.

sábado, 12 de marzo de 2022

CONFLICTO EN SADESA LOMAS POR MODIFICACIONES DE CONDICIONES DE TRABAJO.-

 

CIS COMUNICA.- 12/03/2022.- El cuerpo de delegados del Sindicato Joven CIS en la planta Sadesa de Lomas de Zamora viene llevando adelante reclamos por la modificación de las condiciones de trabajo en el sector denominado ‘La Ribera’, por donde comienza el proceso de curtido del cuero. Allí los cueros son preparados para que ingresen en las maquinas que harán el resto hasta que se convierten en una lámina que se exporta para que se conviertan en zapatillas Adidas o Nike, o en asientos de autos de alta gama.

En medio de la pandemia, la planta comenzó a realizar todo el proceso del curtido de los cueros de toro o búfalo,  modificando de esta forma el criterio y los tiempos de producción, es decir, implica una tarea extra, que lleva más tiempo y mayor esfuerzo físico para el operario, una modificación que se realizó sin consentimiento de los trabajadores, aunque la empresa asegura que eso estuvo consensuado y avalado por el sindicato que convencionalmente agrupa a los curtidores en la planta Lomas de Zamora, el Sindicato Obreros Curtidores que preside el ex diputado Walter Correa. Demás está decir que, aunque existiera un acta donde el sindicato permitiese la introducción de nuevas tareas como es el caso en discusión, este acuerdo sería nulo porque representa un perjuicio para el operario, por su carácter regresivo que afecta el derecho a la irrenunciabilidad, plasmado en el Art 12 de ley de contrato de trabajo 20.744.

Frente a esta situación, los delegados del Sindicato Joven CIS iniciaron los reclamos correspondientes ante el empleador y al no obtener respuestas procedieron a descontar dos cuero de vaca por cada cuero de toro. Sadesa pretende imponer el curtido de toro, sosteniendo los niveles de producción previos, sin descontar el tiempo extra que implica su proceso ni tampoco menos remunerarlo como sucede en la curtiembre de Esperanza, Santa Fe, donde esta tarea está siendo reconocida y remunerada. No es la única diferencia salarial que existe entre ambas plantas, hace un año un curtidor de la planta en Santa Fe duplicaba el salario de su colega en Lomas de Zamora, una diferencia que se redujo un poco producto de la lucha de los trabajadores pero la brecha aún se mantiene.

El silencio del sindicato formal que en el último tiempo solo abrió la boca para amenazar a los trabajadores e instalar el rumor de despidos para frenar los reclamos, se suma a otro de los abusos de la empresa, que sanciona de manera semi-clandestina, sin presentar pruebas acusa a un trabajador a que le solicita un pedido de informes que debe responderse en 48 horas -aunque la legislación establezca 30 días- escrito del cual no le dan copia de nad ni tampoco lleva la firma de nadie en nombre de la empresa ni siquiera del jerárquica que delata al trabajador de supuestos incumplimientos. Cualquiera sea el argumento del trabajador presente y aunque quede probada su inocencia o no se pruebe culpabilidad o responsabilidad alguna de lo que se lo acusa, de todas formas se le imponen sanciones sobre acusaciones de las que difícilmente podrá defenderse ya que no le otorgan copia de lo que le obligan a firmar y el sindicato formal nuevamente hace el vacío o directamente sale en defensa de la patronal.

Y así ha sido desde siempre en la curtiembre Sadesa de Lomas de Zamora, y es la realidad que el Sindicato Joven CIS pretender transformar con el protagonismo de los trabajadores y con la afiliación directa a CTA como herramienta para la organización colectiva en el sector privado argentino.-

 

jueves, 10 de marzo de 2022

CREMAS BARILOCHE: PRECARIZACION Y ABUSOS QUE TE DEJAN HELADO.-

CIS COMUNICA.- 10/03/2022.- Bariloche es una de las cadenas de heladerías más importante de Córdoba, que ha crecido sobre la explotación inhumana de sus trabajadores y trabajadoras a quienes prohíbe la sindicalización como otra forma de negar derechos y a su vez imponer con la mayor impunidad condiciones laborales deplorables, bajos salarios, maltratos y evasión de todo tipo.

“Si no te gusta como se manejan, te inventan alguna mentira y te echan con causa, RRHH se encarga de eso, se manejan con prepotencia y soberbia a los gritos, tratando mal al personal, haciendo maltrato psicológico y mental a los empleados junto con supervisores. Burlándose en la cara de los empleados”.

Un comentario al que se suman un sinfín de abusos como la negativa a otorgar los recibos en tiempo y forma, así como las horas extras que se abonan por fuera del recibo bajo el ítem “horas de pandemia”, horas en negro que se las devuelven con días libres cuando las condiciones climáticas no ayudan a la venta.

Una evasión impositiva que se extiende a la remuneración de los cajeros de los turnos de cada sucursal. Otro mal sabor para el personal de Heladerías Bariloche, es que los feriados se los hacen figurar en los recibos pero no se los pagan.

Las mujeres enfrentan continuos actos de discriminación por su condición de madres, ante la posibilidad de embarazo o al regreso de la licencia de lactancia para que se vayan, lo paradójico que está misoginia es llevada a cabo por el personal jerárquico que son también mujeres Carolina Lamelas y Andrea Allasia a las órdenes de Martín Oddo, dueño de la firma que al parecer también se siente dueño de la legislación laboral que manipulan a su antojo a la que no sol evaden de mil formas sino que también tienen un nulo respeto por la salud de su personal a quienes les desconocen los certificados médicos para no pagarles las licencias por enfermedades, muchas de ellas consecuencia de las propias condiciones enfermantes de sus establecimientos.

Los pueden convocar a reuniones fuera del horario laboral, tampoco se respeta el lapso de descanso entre una jornada y otra ya que una misma personas trabajadora que hace el cierre nocturno debe realizar la apertura.

Esta flexibilidad de los tiempos no se aplica al personal dado que para un simple cambio de horario se deben cumplir ciertos requisitos, méritos personales y constancia que motiva el pedido.

Al maltrato personal se suma el de las condiciones edilicias, baños en condiciones insalubres, el personal come en el piso o sentados en los tachos de helados porque no les proveen ni sillas ni mesas.

El hostigamiento laboral al personal es parte de la política que se le inculca a los supervisores, provocando serías consecuencias a la salud psicofísica cuyas secuelas se evitan asumir al rechazar los partes médicos que diagnostican stress, ordenan reposo que la empresa no paga y los pasa como faltas injustificadas. Durante la pandemia no se respetaron los protocolos, hubo casos de personas contagiadas que fueron presionadas para retomar tareas antes del alta médica.

 

El ingreso se ficha por email y se debe ingresar 10 minutos antes.

Como en todo ámbito donde proliferan injusticias siempre existe una minoría que se supone privilegiada al no padecerlas, lo que en el mundo del trabajo llaman ‘favoritismo’, que Heladerías Bariloche también existe, son formas de fragmentación que utilizan las patronales para impedir la unidad entre los trabajadores, aunque también existe la prohibición de afiliarse al sindicato. Las sanciones se firman sin la copia para el trabajador que le permitirá realizar su defensa en los 30 días posteriores como establece la ley.

Las vacaciones también se otorgan de manera arbitraria, sin respetar los plazos ni les dan adelantos, por lo tanto ‘salís sin plata’.

Modifican todo el tiempo las condiciones de trabajo, en algunos casos el personal de mantenimiento y fábrica los obligan a realizar atención al público.

El sindicato al que aportan es el de la alimentación, STIA-CGT, que frente a los abusos de la heladería ‘nunca se calentaron’ rematan los trabajadores.

jueves, 24 de febrero de 2022

LOS DELEGADOS DE CIS EN CHANGO MAS PLANIFICAN MEDIDAS FUERZAS POR FALTA DE RESPUESTAS A SUS RECLAMOS.-

CIS COMUNICA.- 25/02/2022.- En la misma línea de la resuelto en la asamblea realizada por zoom el pasado 15/02/2022, entre delegados de varias tiendas de Chango Más, se realizó una nueva reunión de delegados y delegadas de Chango Más de la tienda Moreno y Malvinas Argentinas, para coordinar las acciones gremiales frente a la medida arbitraria de la empresa de modificar la política de anticipos de sueldo y avanzar en los reclamos por la compensación económica que corresponde por la múltiples tareas que se realizan.

Esta situación se da a partir de los acuerdos a la baja firmados por los sindicatos formales que habilitó la introducción de tareas que no están contempladas en el CCT por lo tanto tampoco son remuneradas, así como funciones que se agregan por fuera de la categoría laboral que se imponen a fuerza de presión, intimidación, amenazas, hostigamiento, humillación, con gerentes/as que abusan de su posición de poder para excluir o formular comentarios maliciosos contra quienes se niegan a resignar derechos.

La multiplicidad de tareas se profundizó en los últimos años y afecta a la totalidad del personal, esto fue posible por la complicidad sindical que en lugar de discutir compensación para los clarkistas en los depósitos, han permitido que a los cajeros se le agregue una tarea como el extra cash, propia de la actividad bancaria sin remuneración adicional alguna por lo que los delegados del Sindicato Joven CIS CTA, vienen exigiendo una compensación adicional hasta su incorporación al CCT de la actividad. Todos estos puntos se resumen en un reclamo de compensación económica por tratarse de item no convencionales, y se apunta a lograrlo en las tiendas donde el CIS cuenta con representación y se apliquen para aquellos afiliados/as que se incorporen en el futuro.

Lo mismo para el personal que realiza tareas en áreas donde están expuestas a los cambios extremos de temperaturas por lo tanto deberían ser considerados lugares insalubres y tener su correspondiente compensación. Esta irregularidad se debe a que no existen inspecciones ni estatales ni de las aseguradoras que determinen los agentes de riesgos y grados de insalubridad.

Otro de los puntos que generó malestar en muchas tiendas es la forma de liquidar el Bono Anual. Un premio que paga la empresa por “Evitar pérdidas”, dado que la empresa lo liquida sobre datos subjetivos, que no están al alcance de los trabajadores/as, por lo tanto nunca se sabe cuando se llega a los objetivos ni sobre qué parámetros se liquidan los montos que pagan, cuando pagan.