Organización de afiliados directos a CTA, agrupados en 23 actividades del sector privado argentino.
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miércoles, 29 de marzo de 2023
ENFERMEDADES PROFESIONALES QUE DEBEN CUBRIR LAS ART. HERNIA DE DISCO.
REFORMA LABORAL A LA BAJA EN SADESA LOMAS.
RECORRIDA EN SUPERMERCADO MARIANO MAX DE LA FALDA.-
jueves, 23 de marzo de 2023
CONVERSACIONES CON PACU MASTROIANNI. TRABAJADOR DEL PEAJE LARENA.-
sábado, 18 de marzo de 2023
BETO LOPEZ #REPOEXTERNO DE TMT CAPITAL OPINA SOBRE EL TELETRABAJO AMBULA...
viernes, 17 de marzo de 2023
CONVERSACIONES CON MAXI OLIVIERI. CHOFER DE LA LINEA 518 DE EZEIZA.-
jueves, 16 de marzo de 2023
Voces en OFF con Maxi Olivieri. Chofer de la línea 518 de Ezeiza. Bs As.
lunes, 13 de marzo de 2023
CONVERSARCIONES CON TRABAJADORES DE CETROGAR. 2ª PARTE.
EL #TELETRABAJO AMBULANTE DE LOS REPOSITORES EXTERNOS. (INFORME).
sábado, 11 de marzo de 2023
CONVERSACIONES CON ARIEL LULA GOMEZ DE CURTIEMBRE GOV LEATHER DE AVELLAN...
viernes, 10 de marzo de 2023
VOCES EN OFF. ARIEL LULA DE CURTIEMBRE GOV LEATHER DE AVELLANEDA.
CONVERSACIONES CON CLAUDIO TARON Y EDGAR TORRES DE CETROGAR. 1ª PARTE.-
jueves, 9 de marzo de 2023
lunes, 6 de marzo de 2023
VIOLENCIA LABORAL CONTRA LA MUJER. DEFINICIÓN.
Violencia laboral contra las mujeres: es aquella que discrimina a las mujeres en los ámbitos de trabajo públicos o privados y que obstaculiza su acceso al empleo, contratación, ascenso, estabilidad o permanencia en el mismo, exigiendo requisitos sobre estado civil, maternidad, edad, apariencia física o la realización de test de embarazo.
Constituye también violencia contra las mujeres en el ámbito laboral quebrantar el derecho de igual remuneración por igual tarea o función. Asimismo, incluye el hostigamiento psicológico en forma sistemática sobre una determinada trabajadora con el fin de lograr su exclusión laboral;
Art. 6º. Inc. C. LEY DE PROTECCION INTEGRAL A LAS MUJERES. Ley 26.485