Si no sabés cuál es tu ART. Entrá acá y enterate: http://www.srt.gob.ar/index.php/cual-es-mi-art/
El servicio médico de la empresa no puede desautorizar certificados médicos del profesional de cabecera que vos elegís.
(La citada reforma laboral buscará legalizar el accionar ilegal de los servicios médicos que en la actualidad, rechazan certificados médicos extendidos por otros profesionales, interrumpen tratamientos, reposos. Derivan casos de accidentes de trabajo a hospitales públicos o la obra social para de esa manera fraudulenta maquillar un accidente o enfermedad producto del trabajo como una simple enfermedad no atribuible al trabajo).
La conducta poco o nada ética del responsable del servicio debe denunciarse ante el empleador y ante el colegio médico de la zona.
(La citada reforma laboral buscará legalizar el accionar ilegal de los servicios médicos que en la actualidad, rechazan certificados médicos extendidos por otros profesionales, interrumpen tratamientos, reposos. Derivan casos de accidentes de trabajo a hospitales públicos o la obra social para de esa manera fraudulenta maquillar un accidente o enfermedad producto del trabajo como una simple enfermedad no atribuible al trabajo).
La conducta poco o nada ética del responsable del servicio debe denunciarse ante el empleador y ante el colegio médico de la zona.
El trabajador no está obligado a asistir a la empresa para que el servicio médico verifique si está enfermo o no. Es la empresa la que debe ir a cerciorarse.
Para la notificación de "ausencia justificada por causa de enfermedad del trabajador o persona a su cargo y fallecimiento de familiar directo". Para acceder al servicio de telefonograma se debe llamar al 0810-444- 2677. Operadores del correo reciben mensajes de lunes a viernes de 6 a 22, sábados de 6 a 17 y domingos y feriados de 11 a 17.
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