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martes, 6 de julio de 2021

WENDYS DEBERÁ REINCORPORAR A UNA ORGANIZADORA DEL CIS QUE RECHAZÓ EL ACUERDO UIA-CGT- PASTELEROS.-

CIS COMUNICA.- 06/07/2021.- La cadena multinacional de restaurantes de comida rápida despidió a una trabajadora que en agosto de 2020 rechazó los descuentos salariales acordados entre las cámaras empresarias y la confederación general de trabajadores CGT, junto al reclamo laboral también le comunicó su decisión de afiliarse a la CTA para agruparse en el Sindicato Joven CIS además de postularse al cargo de delegada para las elecciones que se llevarían a cabo en septiembre de 2020 y/o a los 20 días de finalizada la suspensión de actos eleccionarios decretado por el ministerio de trabajo, sin embargo, unas semanas después, la empresa Wendy’s decidió despedirla por un supuesto abandono de trabajo, hecho que el Sindicato Joven CIS impugnó por discriminatorio y antisindical y violatorio de la normativa vigente, presentando una medida cautelar que el Juzgado Nacional del Trabajo N.º 58 considero verosímil y ordenó su reincorporación en las mismas condiciones que ostentaba, los salarios caídos, más el pago de los descuentos aplicados en razón del acuerdo UIA-CGT hasta tanto se dicte sentencia sobre el fondo de la cuestión planteada.

El juez consideró para su fallo la existencia de elementos suficientes de conformidad con lo dictaminado por el Sr. Fiscal, de las diversas irregularidades que la trabajadora, junto con sus compañeros de trabajo afiliados al Sindicato Joven CIS-CTA, habrían reclamado.

Asimismo, peticiona se suspenda provisoriamente la aplicación de la reducción salarial y acuerdo art. 223 bis LCT aplicado por la demandada, realizado sin consentimiento de la actora, y se ordene el pago de salarios de forma íntegra desde el inicio del ASPO y hasta su finalización; que se ordene provisoriamente a la demandada abstenerse de aplicar reducción alguna en los términos del art. 223 bis LCT como consecuencia del acuerdo suscripto sectorialmente por la Federación de Trabajadores Pasteleros, Servicios Rápidos, Confiteros, Heladores, Pizeros, Alfajoreros ante la Cámara Argentina de establecimientos de servicios rápidos de expendio de emparedados y afines. También que se ordene a Wendy´s que se abstenga de incluir a la trabajadora en acuerdo o presentación alguna que implique reducción salaria o disminución de derechos en los términos de la Resolución 397/2020 del Ministerio de Trabajo.

Entre los fundamentos que la jueza esgrimió para su resolución que en primera instancia favorece a la trabajadora afirma que “Los elementos arrimados a la causa resultan suficientes para considerar la posibilidad de acceder a la medida cautelar peticionada, ya que del relato de los hechos y documental acompañada en el inicio surgiría prima facie acreditados los presupuestos necesarios para su viabilidad. Ello así, pues de los términos del intercambio telegráfico y el tenor del reclamo sustentado en la merma salarial, su postulación sindical y la decisión rescisoria del empleador, así como de la restante documental acompañada, si bien pone de relieve la existencia de un litigio de aristas complejas que se proyecta sobre un debate fáctico acerca de la culminación del vínculo laboral por abandono de trabajo en el contexto de pandemia Covid-19 y en normativa dictada en consecuencia como el DNU 329/2020 (BO 31/03/2020) -tal como lo señalara el Sr. Fiscal- encuentro configurados –prima facie- los extremos reseñados para hacer lugar a la medida cautelar peticionada y en consecuencia, corresponde ordenar a DEGASA S.A subsidiaria de la franquicia ‘WENDYS’ a reintegrar en su puesto y condiciones de trabajo a la actora con más los salarios impagos, sin la reducción salarial prevista en el art. 223 bis de la LCT y hasta que recaiga sentencia definitiva y sin perjuicio de lo que pudiera resolverse sobre el fondo de la cuestión debatida en el momento procesal oportuno.”

Y concluye: “Por todo lo expuesto y de conformidad con lo dictaminado por el Sr. Representante del Ministerio Público Fiscal, RESUELVO: 1) Hacer lugar a la medida cautelar innovativa solicitada por DOMÍNGUEZ MELINA EVELYN y, en consecuencia, ordenar a DEGASA S.A. WENDYS a reinstalar a la trabajadora en el mismo puesto y condiciones de trabajo con más los salarios caídos impagos sin la reducción salarial del art. 223 bis de la LCT y hasta que recaiga sentencia definitiva sobre el fondo del asunto, bajo apercibimiento de aplicar sanciones conminatorias en caso de incumplimiento.”

A nivel internacional, Wendy's es la tercera cadena de hamburgueserías más grande de Estados Unidos con más de 6.480 establecimientos, por detrás de McDonald's, Arby's y Burger King. A diferencia de ambas marcas, Wendy's no posee un producto estrella y centra todas sus promociones en el tamaño y la carne de sus hamburguesas. En Enero del año 2012 abrió su primer local en Argentina y es administrada por Desarrollos Gastronómicos S.A (DEGASA S.A).



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