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miércoles, 12 de febrero de 2020

ORDENAN A WALMART A RECONOCER A UN DELEGADO DEL SINDICATO JOVEN CIS en CTA.-



CIS COMUNICA.- 12/02/2020.- La sala IX de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, con la firma de los jueces Mario S. Fera y Álvaro E. Balestrini no hizo lugar a la apelación presentada por Walmart y ratificó el fallo del Juzgado Nacional de 1ª Instancia del Trabajo Nº 27 que había hecho lugar a la demanda, del trabajador y afiliado directo a CTA, Walter Darío Rebozio, iniciada contra Walmart Argentina S.R.L., por la práctica desleal (art. 53 de la L.A.S.), que esta ejercía al no respetar, ni reconocerle el cargo gremial, ya que en diciembre de 2018 fue electo delegado en las elecciones convocadas por el sindicato joven CIS en CTA, en el mismo sentido la justicia le ordena a la multinacional norteamericana a cesar en su actitud obstruccionista a los derechos gremiales inherentes a dicho cargo.



El fallo cuestiona el monopolio de la representación desde la base que las empresas establecen vía modelo sindical vetusto y es un paso más en la apertura democrática en el sector privado argentino.  

Walter es afiliado directo de la CTA, tras su afiliación como cientos de trabajadores del sector privado se agrupó en el Sindicato Joven CIS en CTA.

El Sindicato Joven C.I.S en CTA (Comercio, la Industria y los Servicios), es una organización sindical creada por afiliados directos, figura legalmente habilitada en el Art. 2 del Estatuto de la CENTRAL DE TRABAJADORES DE LA ARGENTINA y constituida para su funcionamiento colectivo, en los términos del Art. 23 del mismo estatuto.

Este esquema organizativo pensado en tiempos de Germán Abdala, es el que hoy les otorga a los trabajadores del sector privado una herramienta para defenderse, tener vida orgánica dentro de la central y en la coincidencia de objetivos e intereses avanzar en conjunto por el respeto de sus derechos y la conquista de nuevos, entre ellos la libertad sindical, cuando el sindicato que convencionalmente los encuadra no los representa, está ausente o estando presente hace abandono del ejercicio de la representación.

A partir de este fallo, la empresa debe otorgar las mismas condiciones que a los delegados del sindicato de comercio de CGT, como ser, espacio para la cartelera sindical, un lugar físico para la función gremial, respetar las licencias gremiales como hace con las delegadas del otro sindicato, en síntesis, igualdad de trato entre SEOCA-CGT Y CIS-CTA para que cada organización pueda llevar adelante su programa de acción y los trabajadores elijan que sindicato le resulta más útil.

Y como decía Germán Abdala, uno de los impulsores de la CTA: “A pesar de los muchos conversos, los muchos que se han cambiado la ropa, los muchos que se han lavado la cabeza, nosotros seguimos creyendo que hay un país para cambiar, hay una sociedad nueva para construir, hay un camino nuevo que alumbrar”.


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