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martes, 10 de agosto de 2021

GARBARINO, LA LEY DE TELETRABAJO Y SUS VÍCTIMAS: LOS TRABAJADORES.-

CIS COMUNICA.- 10/08/2021.- La ley de teletrabajo aprobada el año pasado, es una abierta reforma laboral a la baja que afectó a los teletrabajadores y perjudica otras actividades como es el caso de los vendedores de Garbarino. 

Contrario a lo que argumentaron los sectores sindicales que celebraron su aprobación, la ley de teletrabajo desregula garantías constitucionales, además de afectar a otras actividades que -sin una proceso de transición y adaptación- están siendo descartadas por la venta online. Con un nuevo CCT a la medida y la ley 27.555, Garbarino solo necesitó iniciar un lockaut patronal, injertar una crisis para comenzar a desprenderse de personal que cobra el triple de lo que podrían pagarle a un teleoperador bajo el nuevo formato de teleexplotación legalizada.

La ley no establece promedio de teletrabajo en el hogar sobre el total de la plantel estable de tareas presenciales, como tampoco es claro desde qué lugar del planeta prestará el servicio el teletrabajador, indistintamente del domicilio que figura en su DNI, delega todo a los sindicatos que han creado un nuevo convenio colectivo a la medida de esta nueva precariedad, ni tampoco actúan frente a casos como Garbarino donde la ley de teletrabajo comienza a hacer estragos en la vida de miles de familias.

En la ley de teletrabajo, las tareas de cuidado, la reversibilidad, la voluntariedad, no tiene mayores garantías de las que tiene una vendedora por cartilla de cosméticos Avón.

La conectividad a internet y electricidad son requisitos que se suman al momento de la entrevista que le permiten acceder al empleo. Esto ya no se da en condiciones de igualdad para aquellos que viven en zonas donde la internet no llega, o la señal es baja para la calidad que requiere la plataforma de las empresas. Los contratados recibirán una ‘compensación de gastos por mayores consumos’. Es decir un viático para que se arreglen.

Como en cada artículo desfavorable para la persona trabajadora, esta legislación se desliga y remata frente al futuro perjuicio que será la negociación colectiva la que deberá establecer los detalles que no quedan nada claros como por ejemplo quién paga un elemento tan esencial para la tarea como el asiento ergonómico.

Los legisladores que aprobaron la ley, utilizaron términos anglos para referirse a los elementos de trabajo elementales que deben estar cuidadosamente enumerados como las palabras ‘software’ y ‘hardware’, sin detallar qué significan, ni a qué se refieren, y agrega que respecto a las herramientas y el soporte necesario deben ser provistas por el empleador ‘o la compensación de las mismas si son propiedad de la persona que trabaja’.

Los trabajadores en el hogar forman parte del conjunto de trabajadores presenciales a los fines de la representación sindical, y son anexados a un domicilio laboral aunque no prestan tareas allí, ni tampoco el sindicato inspecciona los domicilios de los trabajadores. Multinacionales, con sede en Europa y Asia, funcionando en una oficina en microcentro, con una computadora con los datos de sus trabajadores, que cuando no estén conforme con la nueva modalidad y quieran hacer uso de la 'reversibilidad' para volver a su antiguo puesto se encuentre con un cuartito de 4x4 donde están registradas miles de personas. En ese caso, la ley solo prevé la vía del autodespido.

Esta modalidad permite la existencia de triangulaciones de empresas con sede en el exterior que contrata mano de obra en Argentina para que presten servicios en un tercer país.

Los controles de las inspecciones de trabajo en el hogar de la persona teletrabajadora además de invasivos, son una trampa, porque deja en manos del trabajador la responsabilidad de autorizar una inspección laboral en su domicilio que sin lugar a dudas traerá consecuencias con el empleador, acostumbrado a tomar represalias con el trabajador por el solo hecho de concurrir al sindicato a pedir asesoría con el dato no menor que cuando eso sucede es porque son delatados por alguien.

Para cerrar, luego de entregarles la llave del auto a los empleadores les dicen que no pueden tocar la bocina. En el artículo referido a la protección de la información, ‘dice que las empresas no podrán “hacer uso de software de vigilancia”.

POR TODO ELLO LA LEY DE TELETRABAJO DEBE DEROGARSE.

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