CIS COMUNICA.- 16/07/2020.- El proyecto de ley para
regularizar el teletrabajo, -EN REALIDAD ES TRABAJO A DOMICILIO, EL TELETRABAJO YA EXISTE- precariza aún más la vida de los trabajadores de
una actividad de por sí precaria, que se da en condiciones de subcontratación
donde la mano de obra en Argentina compite con otros centros de trabajo
radicado en países ‘union free’ o libre de sindicatos que en nuestro país profundizan las malas condiciones laborales en un sector de sindicatos ausentes.
La participación de CGT
y CTA-T en carácter de invitados al debate del proyecto de ley en el senado nacional hoy por la tarde, dejan ese sabor amargo de estar escuchando
sindicalistas patronales, o con modales obreros, pero completamente desinformados. Embanderados en
eso de proteger al trabajador pero sin mayores datos que esos. Una participación que legitima una supuesta presencia del movimiento obrero que no hizo más que ser funcional a los futuros perjuicios, para eso, MEJOR QUE SE 'MUTEEN'.
Yendo al texto del proyecto corresponde decir que los derechos que se le garantizan al teletrabajador están en abstracto. Un rosario de buenas
intenciones que rayanan lo leonino para la parte trabajadora. No reparte la
tarea del control, más que nuevas obligaciones al trabajador, porque las del
patrón quedan sujeta a su ‘buena voluntad’ aunque ni siquiera lo mencionan, ni
al organismo pertinente que deba regular esa modalidad que ya existe.
En el teletrabajo en el hogar durante la cuarentena, los equipos, herramientas y materiales para la tarea,
incluidos los elementos de protección personal, todos han sido aportados por la
persona teletrabajadora, que se ha visto obligada a utilizar elementos de su
propiedad porque si no lo hace no cobra o cobra menos.
Ese fue el contexto de
‘voluntariedad’ en el que la persona decidió hacer TELETRABAJO, donde los
empleadores tampoco asumieron los costos de operación, funcionamiento,
mantenimiento y reparación de equipos, ni tampoco los sindicatos a los que se
les delegará la tarea de detallar la modalidad no lo hicieron. Todo lo contrario.
Así como está presentado,
solo beneficia a las multinacionales, no tendrán que utilizar los grandes
edificios subsidiados por los estados provinciales para que les den empleo a
sus jóvenes, como no se sabrá a ciencia cierta quiénes son los trabajadores
alcanzados por esa modalidad.
En otro tramo del texto,
promete igualdad de derechos respecto a las demás personas trabajadoras en
relación de dependencia aunque ya no disfruten esa igualdad, y el control de la
aplicación deja en mano de los convenios colectivos aplicables para que
establezcan las condiciones de trabajo. Es decir los sindicatos de comercio
nucleados en FAECyS y la Asociación de Trabajadores Argentinos de Centros de
Contactos de Córdoba (ATTAC).
El 130/75 que por ahora
negocia FAECyS a nivel nacional redactado hace 45 años y el 688/14 de ATTAC con ámbito en la provincia de Córdoba.
El de FAECyS no contempla
las particularidades de la actividad por obvias razones del tiempo en el que
fue creado y el de ATACC de 2014 es regresivo en varios aspectos.
Y esto no es una expresión
sin sustento. Por ejemplo, el convenio de ATACC aprobado por el ministerio de
trabajo en 2014 que ATACC promueve para incorporar a los teleoperadores, ha ido
sufriendo modificaciones a pedido de la cámara empresaria del sector, principal
interesada en su aplicación.
Entre las modificaciones
que introduce respecto al convenio de comercio se pueden mencionar que permite
una jornada máxima de 36 horas semanales para los trabajadores que hacen
llamadas, por lo estresante de la tarea, aunque esa jornada reducida, -si bien tiene como fundamento la insalubridad de la
actividad- solo se abona las horas efectivamente trabajadas.
El sueldo básico de ambos
convenios tiene diferencias a favor de ATACC, aunque en el global esta
diferencia se reduce considerablemente.
Por ejemplo; en comercio
el presentismo es del 8.33 % del salario bruto, en tanto que en el convenio de
ATACC es del 10%, aunque para cobrar el 10% de presentismo no se debe utilizar
licencias por estudio, enfermedad o accidente.
Si el trabajador se enferma, se accidenta o se toma días de estudio cobra
solo el 6% en concepto de presentismo.
En comercio el presentismo
del 8.33% se descuenta si el trabajador tuvo hasta 2 inasistencias injustificadas
en el mes. En el convenio de ATACC, 1 (una) aunque la mayoría prefiere devolver los días por enfermedad para no perder ese 4%.
Y así, uno por omisión, el otro
por acción han sido una pesada carga para los trabajadores de call center.
Este artículo y el que
incorpora el plus del 0,5% si el trabajador no tuvo ninguna llegada tardes, son
las diferencias más importantes entre ambos instrumentos convencionales, además
de la imposibilidad de acceder al Seguro de Retiro La Estrella, una póliza
obligatoria del 2,5% que el trabajador puede cobrar al finalizar el vínculo
laboral, pocas empresas lo pagan y el sindicato nunca lo reclama. Este seguro
que hasta hace un año era del 3.5%, fue reducido en un acuerdo secreto entre
FAECyS y las cámaras empresarias.
Los call center o centros
de contacto, son parte de los trabajos surgidos a partir de las nuevas
tecnologías, ningún convenio los contemplaba, fueron a parar a comercio cuyo
convenio data del año 1975, por ende no están incluidos entre sus artículos
sumado a que el sindicato tampoco los tiene en cuenta a la hora de defender sus
derechos.
Desde ATACC tampoco
demostraron mayor interés por ellos, más que absorber los aportes sindicales
que actualmente los ostenta comercio.