CIS COMUNICA.- 06/11/2021.- El pasado 2 de noviembre, el Sindicato Joven CIS-CTA-A de la Provincia de Buenos Aires realizó una asamblea en el Supermercado Chango Más de Moreno para tratar un aumento salarial por los ITEMS NO CONVENCIONALES, esta compensación económica que se exige es por las tareas que se realizan y no están contempladas en el convenio colectivo por lo tanto no remuneradas, de ahí el término “items no convencionales”, así como la regularización de aquellas funciones previstas en el convenio, no encuadradas correctamente por lo tanto tampoco están remuneradas.
Los CLARKISTAS que son el último eslabón de la logística en el traslado y manipulación de mercadería a granel, que en el centro de distribución de la misma empresa están en el convenio de camioneros, en el caso de Chango Más Moreno están encuadrados en el convenio colectivo de trabajo CCT 130/75 de los empleados de comercio como personal “Administrativo A” aunque por la tarea les corresponde la categoría Aux. Esp. B. por lo que se exige correcta categorización.
Otro de los puntos que resolvieron los trabajadores y trabajadoras que se desempeñan dentro del establecimientos en ambientes con altos grados de INSALUBRIDAD, es exigir la correspondiente compensación para el personal que realiza tareas en áreas con cambios extremos de temperaturas, que pese a ser lugares insalubres no tienen su correspondiente compensación.
Esta situación se da por la inexistencia de acciones del organismo del control de la aplicación y de las propias aseguradoras de riesgos del trabajo que no realizan su trabajo respecto a las inspecciones que determinen los agentes de riesgos y grados de insalubridad. Las ART se limitan a ser complices en evadir las responsabilidades que les caben frente a las secuelas por un accidente de trabajo, o por las enfermedades producto del trabajo.
La función denominada EXTRA CASH, que realiza el personal de línea de cajas, siendo una tarea propia del convenio bancario, que en el sector del comercio se realiza sin remuneración adicional alguna por lo que la asamblea resolvió exigir una compensación adicional hasta su incorporación al CCT de la actividad.
La MULTIPLICIDAD DE TAREAS es una realidad de la totalidad del personal, en algunos casos los sindicatos de comercio han firmado acuerdos secretos con las empresas que permiten de manera anticonstitucional que los trabajadores se vean obligados a trabajar gratis. En este punto el CCT 130/75 en su Artículo 16, pese a su retraso de 45 años, es bien claro respecto a los casos donde los empleados de comercio que habitualmente sean ocupados en tareas encuadradas en más de una categoría salarial del convenio colectivo de trabajo, se les debe asignar el sueldo correspondiente a la categoría mejor remunerada que realicen.
Entre los otros puntos está la decisión de solicitar un BONO POR LABOR ESENCIAL, como forma de compensación anual al personal que se desempeñó en un contexto de insalubridad debido a la aparición del virus SARS-CoV-2, que produce el CORONAVIRUS, y donde los empleados de comercio han sido uno de los sectores más afectados por esta enfermedad contraída en accidentes laborales mientras prestaban tareas o en camino al trabajo en accidentes “In itinere” término utilizado al siniestro que sufre la persona trabajadora cuando se dirige o regresa del trabajo y que se considera accidente laboral.
El reclamo que encabeza el delegado gremial de CIS CTA en Chango Más Moreno Walter Rebozio, también incluye a todos los afiliados y afiliadas al Sindicato Joven CIS-CTA-A que se desempeñan en otras sucursales de la cadena y se encuentran en la misma situación.
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