CIS
COMUNICA.- 11/03/2020.- El 17 de septiembre de 2019, la Secretaría de
Organización del Sindicato de Comercio de Buenos Aires, desconoció las
elecciones sindicales en las que había resultado reelecto un trabajador -identificado
con la oposición- excluyéndolo de la tutela sindical que gozaba, lo que
habilitó que su empleador lo despidiera 20 días después, ya que desde el
sindicato no solo le negaron su condición de delegado sino que le comunicaron
formalmente a la empresa, que vio liberada la zona para deshacerse del delegado.
Se trata de Rodolfo Zotto, empleado de Editorial
Astrea.
Cuando Zotto recurrió a la justicia, el escrito de Luis Sainz, había sellado su suerte.
Cuando Zotto recurrió a la justicia, el escrito de Luis Sainz, había sellado su suerte.
El fiscal basó su dictamen en el escrito del
sindicato: “subyace una controversia de aristas complejas sobre el mandato
sindical, que requeriría mayor debate y prueba. Desde esta perspectiva… por el momento, sellaría la suerte adversa de la
cautelar de reinstalación solicitada, mereciendo
ser desestimada”.
Y efectivamente fue por el momento, porque pese a que el juez de primera instancia y la fiscal general
dieron entidad a las consecuencias del escrito de Luis Sainz, en un fallo de segunda instancia del 6 de marzo, fue la Sala IX de la Cámara Nacional
de Apelaciones del Trabajo la que hizo volar por los aires la maniobra contra el trabajador y ordenó su inmediata reinstalación.
El 20 de octubre de 2019, la empresa lo había despedido con causa, donde le comunicaba que “Mediante nota de fecha 17 de septiembre del corriente remitida por la Secretaría de Organización del Sindicato de Comercio, se ha
comunicado a esta empresa que su mandato como delegado finalizó con fecha
23.03.2018. No habiéndose nunca renovado el mismo...No obstante ello, usted siguió invocando el cargo y comportándose como tal,
ocultando la caducidad de su mandato, usufructuando las
condiciones y beneficios que el mismo ofrece,
detrayéndose diariamente de
sus labores especificas e importunando con
sus reiteradas conductas
el normal desarrollo del
establecimiento, a sabiendas
del máximo esfuerzo
que hemos realizado y estamos
realizando a fin de cumplir con nuestras obligaciones y preservar las fuentes
de trabajo...”.
El camarista Roberto C. Pompa dijo que de su análisis de
la prueba documental permite inferir que, prima facie, el accionante se
encuentra comprendido en el ámbito de
aplicación de la ley 23.551 ello en el andarivel reclamado por el peticionante en la demanda, de
modo que considero prudente
acceder a la pretensión precautoria deducida, disponiendo la reinstalación en
su puesto hasta que se decida la cuestión de fondo discutida en esta litis por
cuanto –a mi modo de ver– los extremos reseñados bastan para configurar,
al menos de modo indiciario, la verosimilitud del derecho requerida para la
medida pretendida.
Que, en
este supuesto en particular, la decisión contraria podría configurar la
transgresión de derechos constitucionales.
De conformidad con lo señalado en el precedente
“Restelli” citado anteriormente, en el supuesto de no admitirse el planteo del reclamante
se podría generar un impacto de magnitud que no podría ser conjurado con la
eventual restauración posterior, no sólo en orden a las penurias y el tránsito
por situaciones aflictivas económicas, sino también con relación al objeto de los
derechos constitucionales tutelados.
Por tales razones, el tribunal por mayoría resolvió
revocar el fallo de primera instancia y ordenó la reinstalación precautoria de Rodolfo
Sebastian Zotto, dentro del quinto
día de notificada la presente
resolución, hasta el momento que haya sentencia definitiva.
Zotto es afiliado Sindicato de
Empleados de Comercio de Buenos
Aires desde 2001. Desde que fue electo delegado la empresa comenzó a hostigarlo,
abonándole el salario mucho después que al resto de sus compañeros. En diciembre
de 2017 fui reelecto con mandato hasta diciembre
de 2019. Las elecciones se habían convocado en cartelera, incluso se llevaron a
cabo en el establecimiento la empresa.
En el medio ocurrieron las elecciones para comisión
directiva donde Rodolfo Zotto como miles de trabajadores militaron por un
cambio en las conducciones del gremio. Pasadas las mismas, la nueva comisión
comenzó una sistemática persecución de los opositores.
El escrito que la secretaria de organización que le
costó el puesto de trabajo a Sebastián se dieron en otros casos, como en la
empresa Usina Láctea El Puente, donde la delegada de género del Sindicato Joven
en Capital Federal, Gladis Auce fue despedida luego de comunicar su decisión de
participar en las elecciones de delegados en su lugar de trabajo. En aquel momento,
la Sainz envió un escrito a la empresa negando toda actividad gremial de
la trabajadora, que la empresa incorporó a la causa como una prueba a su favor
en contra de la trabajadora, aunque el tribunal no hizo caso y terminó por reincorporarla.
Para los casos de abandono de la representación o por colaborar con el empleador en perjuicio de un trabajador, el estatuto prevé destitución del
cargo y expulsión como afiliado del dirigente cuestionado.
Es camino que ya comenzó a recorrer Rodolfo Zotto.
No hay comentarios:
Publicar un comentario